Se viene el cupo femenino en cooperativas y en mutuales

as normas para establecer la paridad de cargos entre géneros, o al menos un cupo mínimo para mujeres, quizá dejen pronto de ser exclusivamente para el ámbito político legislativo, tanto en Córdoba como en el país. Un proyecto de ley, aprobado en la Cámara de Diputados de la Nación días atrás, establece que las miles…

as normas para establecer la paridad de cargos entre géneros, o al menos un cupo mínimo para mujeres, quizá dejen pronto de ser exclusivamente para el ámbito político legislativo, tanto en Córdoba como en el país.

Un proyecto de ley, aprobado en la Cámara de Diputados de la Nación días atrás, establece que las miles de cooperativas y mutuales existentes deberán tener al menos un 30 por ciento de mujeres en sus órganos de conducción.

Para que entre en vigencia resta que sea aprobada en el Senado, en el período legislativo 2020.

Ya en 2016, Diputados había aprobado un proyecto similar, que luego no avanzó en el Senado. Pero la agenda en esta materia varió en los dos últimos años y aparece como mucho más probable que sea ley, desde el año próximo.

De serlo, cientos de cooperativas y mutuales cordobesas deberán sumar más mujeres a las pocas que, en general, integran sus consejos de administración.

El proyecto aprobado establece un cupo femenino y otro de juventud para los órganos de dirección de mutuales y cooperativas.

La representación femenina deberá ser con un mínimo del 30 por ciento. La juvenil, de al menos un miembro de entre 18 y 30 años de edad, de cualquier sexo.

La medida incluye a las entidades de todos los rubros: de servicios públicos, agropecuarias, financieras, de vivienda y otras.

Aunque no hay datos precisos (se está realizando un relevamiento actualmente), se estima que en el país habría unas cinco mil mutuales y cerca de 12 mil cooperativas. Casi el 90 por ciento está hoy presidida por hombres.

Con excepciones

El texto, aprobado por unanimidad en Diputados, admite algunas excepciones. Por ejemplo, cuando el número de mujeres asociadas impida cumplir con el porcentual, será exigible la participación de al menos una. También exceptúa de este régimen a las entidades integradas por asociados de un sólo género o por mayores de 30 años exclusivamente (para el caso del cupo juvenil. Tampoco regirá en las cooperativas de grado superior (las federaciones que las agrupan) ni en aquellas integradas exclusivamente por personas jurídicas.

La diputada cordobesa Soledad Carrizo (UCR) es la autora del proyecto sobre género, tanto de 2016 como el actual. Su propuesta se acopló ahora a otras dos similares presentadas.

“La ley de cooperativas y mutuales es de 1973. Tiene más de 40 años y es hora de actualizarla con las demandas y reclamos actuales. Los proyectos que se integraron parten de la necesidad de adoptar medidas a favor de grupos que resultan excluidos de los procesos de decisión, en coherencia con un proceso de reivindicación internacional de la mujer y de los jóvenes en la economía solidaria, incluso respondiendo a recomendaciones emitidas por la Alianza Cooperativa Internacional y por la Organización Internacional del Trabajo”, manifestó la legisladora cordobesa.

Carrizo precisó a La Voz que, de sancionarse, la norma no implicará modificar los estatutos de cada cooperativa o mutual y aclaró que será de aplicación en todo el país, sin necesidad de que cada provincia adhiera o no.

“En otros países se está avanzando en esta materia”, acotó Carrizo, quien admitió que durante el debate hubo resistencias de algunos sectores cooperativos (“pero no de todos”, aclaró) a la ley.

En Córdoba, hay 204 cooperativas eléctricas, que suman más de 300 si se agregan las de otros servicios públicos básicos. En gran parte de la geografía provincial son instituciones clave de la vida cotidiana y económica. En esos casos, los usuarios/socios son familias (hombres y mujeres), por lo que el criterio es que sus conducciones tengan al menos un 30 por ciento de participación femenina.

A ese lote clave se suman cientos de otros, así como mutuales de diversas prestaciones.

¿Después siguen los clubes?

El debate se extenderá a otras instituciones comunitarias.

Las cooperativas y las mutuales no son organizaciones estatales ni públicas. Pero tampoco pueden calificarse estrictamente como privadas. Se trata de entidades de índole social, comunitaria. De algún modo, semipúblicas.

No es muy diferente, desde lo jurídico, el rol de otras entidades comunitarias, como clubes deportivos o sociales, bibliotecas populares e instituciones similares.

Sobre esos ámbitos no hay legislación alguna que fije cupos de género. Pero, en el Congreso Nacional, hace unos años aparecieron los primeros proyectos en esa línea también, que hasta ahora no fueron tratados.

Fuente: lavoz.com.ar